Cómo regularizar el depósito de la CTS - Mayo 2010
1. ¿Si no se efectuó el depósito de C.T.S. el día 17 de mayo de 2010 ¿Qué tasa de interés se debe aplicar?
Los intereses a aplicar son aquellos fijados por las entidades financieras depositarias de la C.T.S., es decir, es un tipo de interés particular y especial para éstos depósitos. Para éste beneficio no se aplican los intereses legales laborales.
Los intereses a aplicar son aquellos fijados por las entidades financieras depositarias de la C.T.S., es decir, es un tipo de interés particular y especial para éstos depósitos. Para éste beneficio no se aplican los intereses legales laborales.
2. Si un trabajador ha venido laborando y no le han depositado su C.T.S ¿Cómo se deberá de regularizar su situación?
Si es que no ha existido depósito alguno de C.T.S el empleador determinará el interés, utilizando la tasa promedio del sistema financiero para depósitos de CTS y deberá aperturar su cuenta en una entidad financiera a fin de regularizar el depósito respectivo.
Si es que no ha existido depósito alguno de C.T.S el empleador determinará el interés, utilizando la tasa promedio del sistema financiero para depósitos de CTS y deberá aperturar su cuenta en una entidad financiera a fin de regularizar el depósito respectivo.
